lunes, 6 de agosto de 2007

LSSI - Comunicados comerciales

Uno de los puntos importantes de la LSSI trata de las comunicaciones comerciales vía correo electrónico, es decir, cualquier comunicado con objeto de mostrar un producto o servicio a un remitente, independientemente que se obtenga un beneficio del mismo.

En este punto interactúan tanto la ley vigente en materia comercial y publicidad como la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa en lo referente a la obtención de datos personales.

Un aspecto que tienen que tener claro las empresas es que no se puede realizar un envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por vía electrónica sin haber obtenido previamente el consentimiento del destinatario, aunque este punto no es obligatorio si existe una relación contractual previa.

Es muy frecuente que las empresas desconocedoras de la LSSI realicen envíos comerciales por correo electrónico, aprovechando el ahorro en costes que conlleva el medio, sin solicitar previamente autorización del destinatario. Esto supone en caso de denuncia una infracción leve sancionada con multa de hasta 30.000 euros.

Hay varios aspectos importantes en la LSSI de uso común en las empresas que deberían ser revisados, de manera que no provoque una sanción que podía haber sido evitada.

Saludos,

El equipo de iSoluciones

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